Si los becarios deben o no cotizar a la seguridad social, es una de las cuestiones que más controversia suscita en los últimos meses, desde que el Tribunal Supremo fallara el pasado mes de mayo, a favor de la nulidad del Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
La cotización asciende a 34,72 euros al mes para el empresario y 6,09 para el becario. Los becarios podrán sumar así dos años a su carrera de cotización, para el cómputo de su pensión de jubilación, aunque no contará a efectos de generar la prestación por desempleo. La inclusión o no de los becarios en prácticas en el régimen de Seguridad Social, comienza su andadura en agosto del 2011, cuando se publica la ley de reforma de pensiones, la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, que en su disposición adicional tercera, indica «El Gobierno(...) establecerá los mecanismos de inclusión de la misma de los participantes en programas de formación financiados por organismos o entidades públicos o privados, que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, conlleven la prestación económica para los afectados, siempre que, en razón de la realización de dichos programas, y conforme a las disposiciones en vigor, no... leer más