Cómo estudiar un máster o postgrado en España

Marta Gesto

Las personas que provienen de países no comunitarios deben solicitar un visado para estudiar en España en el Consulado español de su país de origen. En el caso de los alumnos de la Unión Europea los trámites son mucho más sencillos.

ALUMNOS NO COMUNITARIOS
Todos aquellos que deseen cursar estudios de postgrado en España y no tengan nacionalidad comunitaria deben obtener el Visado de Estudiante, que les permitirá tramitar, una vez en España, la Tarjeta de Estudiante. El visado tiene una duración máxima de tres meses.

El primer paso es acudir a la misión diplomática o al consulado español en el país de orígen del alumno. Una vez allí le informarán sobre los trámites para obtener el visado así como los documentos a presentar (pasaporte, documento que acredite la admisión en el centro español en el que se cursarán el máster o postgrado, certificado médico oficial del país de orígen, fotografías, seguro médico, tasas consulares...). El proceso de obtención del visado puede ser largo, por lo que es importante iniciar los trámites con la mayor antelación posible. En el caso de no poder tramitar el visado en el país de orígen, existe un plazo de tres meses para obtenerlo una vez en España.

Consulta aquí la Guía de Consulados de España en el exterior.

Una vez en España es importante reseñar que los extranjeros admitidos con fines de estudio no estarán autorizados para ejercer una actividad retribuida por cuenta propia ni ajena en este país. Sin embargo, en la medida en que ello no limite la prosecución de los estudios, podrán ejercer actividades remuneradas a tiempo parcial (4 horas al día y con un máximo de 6 meses) o de duración determinada (máximo de 3 meses en jornada completa pero durante el periodo vacacional).

ESTUDIANTES PROCEDENTES DE LA UNIÓN EUROPEA
Los estudiantes pertenecientes a algún país miembro de la Unión Europea no necesitan visado para estudiar en España. Además, un decreto aprobado en febrero de 2003 suprime la exigencia de tarjeta de residencia a los ciudadanos de la Unión Europea. Este decreto permite venir a España sin necesidad de realizar ningún tipo de gestión administrativa, simplemente bastará con tener el pasaporte en vigor o el documento nacional de identidad equivalente para realizar cualquier gestión u operación ordinaria.

No obstante, los estudiantes deberán imperativamente rellenar el formulario E111 antes de salir de su país, que les permite obtener asistencia médica con la Seguridad Social en España. Este formulario se solicita al centro de Seguridad Social del propio país del estudiante.

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