El título de Máster Universitario en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos conduce a la profesión regulada de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, de acuerdo con la Orden CIN/309/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
El título dará acceso a la profesión regulada de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, conforme a la división de las enseñanzas universitarias en títulos de Grado, Máster y Doctorado del R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y a los requisitos de habilitación de la Orden 309/2009 para el ejercicio de dicha profesión ( modificado por el R.D. 861/2010, de 2 de julio).
El nuevo título cubrirá las expectativas de los alumnos que son Ingenieros técnicos de Obras Públicas, y que cursan actualmente el Curso de Adaptación al Grado de Ingeniería Civil, y que desean continuar su formación universitaria a partir del próximo año, y en el futuro a aquellos alumnos que están cursando los estudios de Ingeniería Civil, y que en el futuro igualmente deseen ampliar sus conocimientos.