Es condición de acceso al Máster en Ingeniería de Minas el haber adquirido las competencias recogidas en la Orden CIN/306/2009 según los términos que se establecen en el apartado 4.2 de la Orden CIN/310/2009.
En este apartado se establece las tres vías de acceso a los másteres habilitantes para la profesión de Ingeniero de Minas:
Podrá acceder al Máster que habilita para el ejercicio de la profesión de Ingenieros de Minas, quien haya adquirido previamente las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Minas y su formación estar de acuerdo con la que se establece en el apartado 5 de la antes citada Orden Ministerial.
Asimismo, se permitirá el acceso al máster cuando, el título de grado del interesado, acredite haber cursado el módulo de formación básica y el módulo común a la rama, aún no cubriendo un bloque completo del módulo de tecnología específica y sí 48 créditos de los ofertados en el conjunto de los bloques de dicho módulo de un título de grado que habilite para el ejercicio de Ingeniero Técnico de Minas, de acuerdo con la referida Orden Ministerial.
Igualmente, podrán acceder a este Máster quienes estén en posesión de cualquier título de grado sin perjuicio de que en este caso se establezcan los complementos de formación previa que se estimen necesarios.
Los apartados anteriores se entenderán, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17.2 y en la disposición adicional cuarta del real decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
Por otra parte, la Universidad Politécnica de Madrid según acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 2012, establece las “Disposiciones Generales” sobre los Másteres Universitarios que habilitan para el ejercicio de profesiones reguladas de la ingeniería, establece prioridades en función de vía de acceso, titulación, y universidad emisora de dicha titulación estableciendo los siguientes niveles:
Acceso A: Graduados por la U.P.M. con vías de acceso con titulación de Graduados en Ingeniería Geológica, en Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos, así como el de Tecnología Minera.
Acceso B1: Graduados por las restantes universidades públicas españolas desde las que se contemple acceso al Máster
Acceso B2: Graduados por universidades españolas privadas o por universidades extranjeras desde las que se contemple acceso al Máster
Acceso C: Graduados en titulaciones de universidades nacionales o extranjeras desde las que no se permite el acceso directo a la titulación de Máster.
Acceso D: Arquitectos, Ingenieros, Licenciados, Arquitectos Técnicos, Ingenieros Técnicos y Diplomados.